lunes, 11 de enero de 2010

Regulación del Trabajo de Buceo Industrial

La Norma Oficial que Regula Las Actividades de Buceo Industrial en México contempla lo siguiente:

Los buzos deben estar capacitados como mínimo en las áreas siguientes:
a) física aplicada al buceo
b) fisiología aplicada al buceo
c) técnicas y procedimientos del tipo de buceo que realiza
d) procedimientos de emergencia
e) equipo de buceo
f) primeros auxilios y resucitación cardiopulmonar
g) manejo de herramientas, equipos y materiales asociados con las actividades a desarrollar.

Debe contarse con la documentación que avale la capacitación proporcionada a los buzos.

Certificado médico.
Todos los buzos deben someterse a los exámenes médicos iniciales, periódicos, y en su caso, especiales que certifiquen su aptitud médica para realizar dichas labores.

Exámenes médicos iniciales.
Antes de iniciar actividades como buzo, los trabajadores deben someterse a:
a) exámenes básicos que contengan al menos:
1) biometría hemática completa
2) química sanguínea (glucosa, urea, creatinina y ácido úrico)
3) examen general de orina
b) exámenes de gabinete
1) telerradiografía de tórax en posteroanterior
2) columna lumbosacra en anteroposterior y lateral, en posición de pie y descalzo
3) senos paranasales
c) examen médico general
1) audiometría; estudiará la audiometría tonal de conducción aérea. Las frecuencias que se deben explorar son: 250, 500, 1000, 2000, 3000, 4000, 6000 y 8000 Hertz
2) espirometría; los parámetros que deben integrarla (cuyos valores mínimos normales deben estar en el 80%), son cuando menos, los siguientes:
- capacidad vital expiratoria (forzada) (CVF)
- volumen expiratorio forzado del primer segundo (VEFI)
- flujo medio expiratorio forzado 25 - 75% (FEF 25% - 75%);
- ventilación máxima voluntaria (VMV).
3) examen odontológico
4) agudeza visual
5) electrocardiograma de reposo
6) sobrepeso; no sobrepasar en más de 20% el peso ideal.
d) examen psicológico: se deben evaluar tres áreas importantes: inteligencia general, habilidades específicas y aspectos de personalidad.

Para los aspirantes de más de 40 años de edad, además de los exámenes médicos señalados anteriormente, se deben aplicar exámenes especiales complementarios, a criterio del médico designado por el patrón.

Exámenes médicos periódicos.
Deben tener el mismo contenido que los exámenes médicos iniciales y la periodicidad de su aplicación para que los buzos puedan ser certificados como aptos para el trabajo, será la siguiente:
a) anualmente, para buzos con edad entre 18 y 35 años;
b) semestralmente, para buzos con edad entre 36 y 40 años;
c) de acuerdo a la opinión del médico se determinará la periodicidad para buzos con más de 40 años de edad, misma que no debe ser mayor a 6 meses.

underwaterazul@gmail.com

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