COMO PROFESIONAL DEL BUCEO ES IMPORTANTE CONOCER LAS REGULACIONES QUE TIENE CADA PAIS,RESPECTO A LAS ACTIVIDADES SUBACUATICAS.
EL CONOCER LOS ALCANCES DE ESTAS REGULACIONES FAVORECERA EL CRECIMIENTO DE ESTA ACTIVIDAD PROFESIONAL.
LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-014-STPS-2000
Dice lo siguiente respecto a las responsabilidades y deberes de los patrones.
OBLIGACIONES DEL PATRÓN
Mostrar a la autoridad del trabajo cuando así lo solicite, los documentos que la presente Norma le obligue a poseer o elaborar, conforme a lo establecido en el Apéndice J.
Asegurarse que en la planeación de actividades que impliquen exposición a presiones ambientales anormales, se tenga en consideración lo siguiente:
a) las características naturales y condiciones de riesgo de los lugares de trabajo y las tareas a realizar;
b) el tipo de trabajo;
c) la presión y tiempo de exposición de los trabajadores;
d) los sistemas técnicos de control disponibles;
e) el uso del equipo de protección personal requerido;
f) los equipos y herramientas requeridos para la realización de las operaciones de buceo.
Contar por escrito con un análisis de los riesgos para el POE y las medidas de seguridad e higiene destinadas a prevenir y controlar dichos riesgos.
Proporcionar al POE capacitación especializada para desempeñar sus labores en forma segura. Esta capacitación debe ser proporcionada desde el inicio de la relación de trabajo, y en forma periódica por lo menos anualmente.
Informar al POE acerca de los riesgos existentes en la realización de sus actividades, así como respecto de los posibles signos y síntomas de las enfermedades relacionadas con tales actividades, y las medidas de seguridad e higiene para prevenirlas.
Realizar al POE los exámenes médicos iniciales, periódicos y especiales, de acuerdo a lo establecido en los apartados 7.1.1, 7.2 y 8.2.2.
Proporcionar al POE el equipo de trabajo y de protección personal específico para las actividades y riesgos a los que esté expuesto.
Emplear en actividades que impliquen exposición a presiones anormales, únicamente a trabajadores mayores de 18 años y que cuenten con el certificado médico correspondiente.
Llevar a cabo las verificaciones, pruebas, evaluaciones y registros requeridos en la presente Norma.
http://leyco.org/mex/fed/125.html
Este es un Link que los llevará directamente a la Ley Federal del Trabajo.
miércoles, 10 de marzo de 2010
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario